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30214 (17-09-08) DIFERENCIAS ENTRE INFORME PERICIAL Y PRUEBA PERICIAL


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martes, 30 de septiembre de 2008

La Corte estudia la prueba pericial en el sistema acusatorio y define si ¿es posible admitir un reconocimiento médico legal como prueba documental autónoma, sin hacer comparecer al perito para que vierta su testimonio en el juicio oral?

Responde la Corte que los reconocimientos médico legales, al margen de que consten por escrito, solo pueden introducirse válida y legalmente al proceso mediante la declaración en el juicio oral de un perito que explique lo consignado en el mismo y las conclusiones a las que a partir de allí se puede llegar.

Descargue la sentencia y el análisis completos aquí: 

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