Al revisar la Constitucionalidad del art. 268 de la Ley 906 de 2004 y del numeral 9, art. 47 de la Ley 1142 de 2007, la Corte se planteó el siguiente problema jurídico:
¿Viola el principio de igualdad de armas dentro del sistema penal acusatorio el hecho de que se exija (i) constancia de la fiscalía sobre la calidad de imputado o defensor de éste, como presupuesto para hacer examinar en un laboratorio los elementos probatorios recolectados y (ii) certificación de la misma entidad de que la información será utilizada para efectos judiciales ?
Vea el resumen de los argumentos aquí:
0 comentarios:
Publicar un comentario
¡TU OPINION ES IMPORTANTE! Es muy fácil!: ingresa tu comentario en el siguiente recuadro luego haces click en el botón "publicar comentario". Debes tener un ferfil habilitado (cuenta en google, gmail, yahoo, etc) o simplemente publica como anónimo.Si quieres consultar o esperas alguna respuesta debes dejar tu nombre y dirección electrónica ... es todo!